jueves, 22 de marzo de 2012

CONOSCO MIS GARANTIAS INDIVIDUALES

El derecho político o constitucional es el conjunto de normas relativas a la estructura fundamental del estado, a las funciones de sus órganos y a las relaciones de estos entre si y con los particulares.
En el derecho constitucional de una nación podemos encontrar la historia misma de su pueblo, su evolución cívica y social, su lucha por la independencia y por la libertad.
La constitución suele dividirse en dogmática y orgánica.
 las garantías individuales, están divididas en cuatro grandes grupos:
·         garantías de igualdad
·         garantías de libertad
·         garantías de propiedad
·         garantías de seguridad jurídica
Una manera breve la finalidad de cada articulo.
Art. 1º Goce para todo individuo de las garantías que otorga la constitución.
Art. 2º Prohibición de la esclavitud.
Art. 4º Igualdad de derechos sin distinción de sexo.
Art. 12º Prohibición de títulos nobiliarios.
Art. 13º Prohibición de fueros.
Garantías de libertad
Estas garantías están en los artículos. 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 16, 24 y 28. Siendo la libertad el derecho de elegir aquello que es bueno para una persona.
Art. 5º Es la libertad de elegir cualquier profesión que se desee, siempre y cuando sea licita, además de hablar de la justa retribución del trabajo efectuado por alguien.
Art. 6º Habla de la libertad de expresión, excepto si se ataca la moral, derechos de terceros, provoque un delito o altere el orden publico.
Art. 7º Libertad de escribir y publicar sobre cualquier materia
Art. 8º Los funcionarios y empleados públicos respetaran el ejercicio del derecho de petición, siempre y cuando, sea por escrito y de manera pacifica
Art. 9º Libertad de asociación y reunión libre con objetivos lícitos, que no sea reunión armada, sin producir amenazas.
Art. 10º Derecho a poseer armas por seguridad y defensa propia, a excepción de las prohibidas y las reservadas para el ejercito.
Art. 11º Libertad de transito, de entrar y salir del país, viajar por el y mudar de residencia cuanto se desee.
Art. 16º La correspondencia cubierta por estafetas estar libre de registro.
Art. 24º Libertad de creencia religiosa.
Art. 25 prohibición de monopolios.
Garantías de propiedad
Esta clasificación es solo para el articulo 27
La propiedad de las tierras y aguas nacionales corresponde originalmente a la nación, la cual ha tenido y tiene el derecho de transmitir el dominio de ella a los particulares constituyendo la propiedad privada
La expropiación, solo se hará en utilidad publica y con indemnización.
Garantías de seguridad jurídica
Estos son derechos y principios de protección a favor del gobernado.
Art. 14º Dice que a ninguna ley se le dará efecto retroactivo en perjuicio de persona alguna. Nadie podrá ser privado de la vida, libertad y de sus propiedades, a menos que se llegue a esto por algún delito. Que la ley debe ser aplicada exactamente como es, y que las sentencias deberán ser según la interpretación de la ley, si no la hubiera seria por el derecho.
Art. 15º No se puede extraditar reos políticos, ni delincuentes de del orden común que hayan estado en él termino de esclavos en otro país, ni la celebración de convenios en virtud de alterar sus garantías y derechos establecidos.
Art. 16º Prohíbe el que alguien (autoridad) quiera molestar a alguien o irrumpir en su casa sin una orden judicial, la cual no podrá ser expedida amenos que haya alguna denuncia. Las visitas domiciliarias están permitidas pero solo para revisar el cumplimiento de las normas (esto es un cateo).
Art. 17º Nadie puede hacerse justicia por si mismo, ni ejercer violencia para reclamar sus derechos. Pero se tiene derecho a recibir justicia, gratuitamente. Nadie puede ser aprisionado por deudas de carácter civil.
Art. 18 Solo habrá lugar a prisión preventiva por delito que merezca pena corporal. Los gobiernos de la Federación y los estados organizaran el sistema penal. La federación y los gobiernos de los estados establecerán instituciones para menores infractores.
Art. 19 Ninguna detención podrá sobrepasar los 3 días sin haberse declarado una auto de formal prisión (se aclararan el delito, lugar, tiempo, circunstancias y los datos de la averiguación).Todo proceso se seguirá por el delito señalado, si hubiese otro, se tendría que repetir el proceso con el otro delito.
Art. 20 consagra 10 garantías de seguridad de todo procesado:
·         Libertad bajo fianza
·         Derecho a no declarar en su contra
·         Derecho a conocer el delito del que lo acusan y quien le acusa
·         Derecho a tener un careo con los testigos que declaren en su contra.
·         El que se reciban los testigos y las pruebas que ofrezcan.
·         Ser juzgado en audiencia publica
·         Que le faciliten todos los datos que solicite para su defensa
·         Ser juzgado antes de 4 meses, si su condena no excede los 2 años de prisión y 6 meses si lo excede.
·         Poder defenderse solo o por un abogado suyo o de oficio.
·         No se podrá prolongar la prisión por ninguna cosa de dinero, y tampoco la prisión preventiva por ninguna cosa.
Art. 21 Solo la autoridad judicial podrá imponer penas. La persecución de delitos es del ministerio publico (con la policía judicial). Si se trata de multas se tendrá que tomar en cuanta el ingreso o sueldo que tenga el infractor.
Art. 23 Ningún juicio criminal deberá tener mas de tres instancias, nadie puede ser juzgado por el mismo delito. Queda prohibida la practica de absolver la instancia.
Y el Art. 29, que habla de cuando se cancelan ciertas garantías individuales, que seria en caso de guerras o cosas así, que atenten contra nuestra sociedad, será por tiempo limitado, determinados lugares o todo el país.
Con las garantías nos proporciona una cierta libertades y mas de expresión y ante el estado y la política gracias a ellas podemos ejercer lo que nos conviene y estar tranquilos respecto a ciertos ámbitos de la vida social

SITUACION ACTUAL DE LA EDUCACION EN MEXICO

El  sistema educativo mexicano ha logrado expandir la matrícula escolar en todos sus niveles y ampliar sus demás  servicios y la educación constituye una de las  claves del ascenso social, y un factor de justicia en la distribución de oportunidades, sin embargo, por sí sola tiene poco efecto en el mejoramiento  de las condiciones de vida de los grupos socialmente desfavorecidos. Es cierto que, individualmente, facilita la movilidad a través de los distintos estratos sociales, pero también por falta de una estrategia integral, tiene poco impacto en la vida de los núcleos sociales de menores recursos, en los que alimenta expectativas a las cuales no siempre responde el sistema socioeconómico del país, manteniéndose, con ello, la estratificación.
México está en los últimos lugares de educación. Pero primero al decir educación se refiere a una enseñanza directa de parte de los que saben algo, en favor de los que nada saben; me refiero a una enseñanza que sirva para aumentar la capacidad productiva de cada mano que trabaja, de cada cerebro que piensa.
El Lic. José Vasconcelos, se creó la Secretaría de Educación Pública el 25 de septiembre de 1921. Que tenía como objetivo los procesos de alfabetización de la población rural mexicana.
Los grupos sociales menos favorecidos continúan sin atención debido a la carencia de medios y apoyos  que permitan su acceso y aseguren su permanencia y éxito en el sistema  educativo. La desigualdad económica y cultural se hace presente desde el  nacimiento del futuro educando.  La nutrición insuficiente en los primeros años de vida condiciona su potencial de inteligencia y entre otros factores que condicionan sus posibilidades educativas están: el ingreso económico de sus padres, la propia comunidad y el grado de desarrollo de la región de que proviene.
En México la Secretaria de Educación Publica (SEP) es la institución que está encargada de administrar los diferentes niveles educativos del país, educación básica, media y superior.
Para mi criterio Mexico esta en un bajo perfil sobre la educación ya que hay muchas personas analfabetas y al igual personas que no terminan las escuelas ya sea por la economía o por tropiezos de la vida.

domingo, 11 de marzo de 2012

EMBARAZO PRECOZ

El Embarazo en la adolescencia constituye un problema social, económico y de salud pública de considerable magnitud, que últimamente se ha expandido considerablemente en nuestro país.
Barrera (1996), dice que la situación es alarmante, ya que para 1986 la directora de la Maternidad "Concepción Palacios", refería que el 8% de los partos se suceden en muchachas entre 12 y 14 años de edad, con un índice de 80% de soltería.
Recientemente el Dr. Oscar Feo I. Ex-presidente de CORPOSALUD en Aragua informaba a través de un programa de televisión, que en el Estado el porcentaje de partos provenientes de embarazos precoces alcanzaba la cifra del 20% del total de partos atendidos en los centros asistenciales públicos.
El Embarazo en la adolescencia es un impacto de considerable magnitud en la vida de los jóvenes, en su salud, en la de su hijo, su pareja, su familia, ambiente y la comunidad en su conjunto.
CONSECUENCIAS
·        La joven corre el riesgo de experimentar anemia, preclamsia y complicaciones en el parto, así como un alto riesgo de mortalidad propia durante el embarazo.
·        Los bebes de madres adolescentes tiene una alta tasa de mortalidad al igual que pueden experimentar mal formaciones congénitas, problemas de desarrollo, retraso mental, ceguera, epilepsia o parálisis cerebral.
·        Las muchachas embarazadas tienen pocas probabilidades de continuar sus estudios debido a que algunas instituciones educativas optan por negarles la entrada por temor de que puedan influir desfavorablemente en otros alumnos.
·        Otra consecuencia del embarazo en edades tempranas es el riesgo de aborto.
1.Existe un desconocimiento de los signos de embarazo.
2.Una dificultad de comunicárselo a la familia.
3.Una falta de posibilidades económicas, deseos expresados de tener el hijo y una ambivalencia en relación con este hecho.
4.Falta de consultas apropiadas donde consejos y la soluciones les puedan ser facilitados.


MEDIDAS PREVENTIVAS
Prevención primaria: es el conjunto de medidas que tienden a evitar que llegue a producirse un fenómeno no deseable. En este nivel hay que evitar el embarazo. Puede intentarse poniendo en acción medidas de orden general, educativas o sociales, dirigidas a todos los jóvenes; puede intentarse también una acción mucho mas amplia, a nivel comunitario, para modificar ciertos comportamientos sociales que fomentan la actividad sexual y los embarazos de las jóvenes. También se debe dirigir la acción hacia los que tienen la responsabilidad educativa (familia, maestros). Entre las medidas generales es necesario trabajar sobre la educación de la responsabilidad sexual y el poner a disposición de los jóvenes medios de control de fertilidad.

La adolescente embarazada es la presa de la hipocresía de una sociedad que perdona sus actividades sexuales y condena su embarazo. Consciente o inconscientemente, deliberadamente o por impotencia, se da mayor libertad sexual a los jóvenes, pero la sociedad permanece o vuelve a ser repentinamente moralizadora y represiva frente a las consecuencias de dicha libertad. Achacar la culpabilidad y la responsabilidad a la adolescente evita a los adultos el preguntarse por su propia responsabilidad y culpabilidad. El rechazo es la reacción más cómoda; se pone una simple etiqueta, a fin de no ver que se trata de un problema más general.
Por otra parte, la reacción de padre y madre al enterarse del embarazo de la hija. Hay poca comprensión y ayuda afectuosa. Lo que primero acude al ánimo de los padres no es tanto que ocurre con su hija sino que va ocurrirles a ellos. Esta herida paterna profunda da lugar enseguida a severos e irracionales reproches. Ante esto la joven se siente sola para asumir el conflicto y con una gran carga de culpabilidad. A veces, la revelación del embarazo da lugar a un violento enfrentamiento entre los mismos padres. Esta es una actitud inmediatista, epidérmica e impulsiva que casi todos lo padres adoptan.